La seguridad del voto electrónico con tecnología Blockchain

voto electronico

Estos días se habla mucho de la seguridad del voto electrónico. Con motivo de las próximas elecciones en Estados Unidos, han surgido voces que dudan de su fiabilidad. Pero ¿es seguro el voto electrónico? ¿La tecnología Blockchain lo hace más fiable?

Rotundamente si.

Como ya explicamos en este post el voto electrónico basado en blockchain no sólo puede solventar dificultades de transparencia y fiabilidad, garantizando que éste sólo se emite una vez y que el escrutinio es eficiente, rápido y está exento de errores. Además, blockchain permite que el proceso sea auditable en tiempo real. La traza que deja la cadena de bloques permite saber que cada voto corresponde a un ciudadano y que no hay forma de introducir votos ficticios.

Además, el uso de esta tecnología contaría con otros beneficios como fomentar la participación, al poder votar desde una multiplicidad de dispositivos, eliminar el voto por correo de residentes ausentes e, incluso, prescindir del coste de impresión de las papeletas electorales.

Otro punto a favor es la capacidad de respetar el secreto del voto, ya que la información que se publicaría sería pseudónima. Es un proceso transparente y público, pero no se sabe quién es el dueño de tal dirección o de tal hash. La autenticación e identificación del votante está protegida por técnicas criptográficas. Por tanto, nadie salvo el ciudadano sabrá qué ha votado o desde dónde.

Todos estos aspectos repercuten en elevar la seguridad de este proceso muy por encima de los estándares actuales. Sin embargo, hay que mencionar también la importancia de realizar una labor previa de formación y concienciación para que el sistema (cualquier sistema electrónico) sea asimilado por la población.

Es importante señalar que sea cual sea la tecnología que se utilice para la emisión del voto electrónico, es necesario que la misma vaya de la mano de la válida identificación del votante y, hoy por hoy, la única manera de conseguirlo en USA es utilizar una identificación basada en firma electrónica que cumpla con los requerimientos de las dos principales normas federales que regulan la materia como son la Electronic Signatures in Global and National Commerce Act (ESIGN) y la Electronic Transactions Act (UETA) o, incluso, mediante un certificado electrónico expedido por un prestador de servicios electrónicos de confianza como Signe de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento eIDAS, ya que por su mayor nivel de seguridad se asume que las firmas electrónicas expedidas según la normativa europea cumplen también con las leyes estadounidenses, siempre y cuando una ley federal no imponga unas características técnicas concretas.